Fem Feina Autoocupació 2023. Abierto plazo de solicitud.

del 27 de abril al 27 julio 2023
Actualización de 27 de abril: Se abre el plazo de solicitud hasta el 27 de julio, o hasta agotar presupuesto disponible
 
El Ayuntamiento de Viladecans abre esta línea de ayudas económicas para el autoempleo y la creación de microempresas, pymes e iniciativas de economía social con el apoyo técnico y económico del Plan metropolitano de apoyo a las políticas sociales municipales 2022-2023, del Área Metropolitana de Barcelona.
 
El objetivo es incrementar la ocupación efectiva por cuenta propia, es decir, que personas desocupadas del municipio creen su propio puesto de trabajo (autoempleo).
 
Características principales:
  • Esta ayuda se dirige a empresas creadas entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de noviembre de 2022
  • El importe máximo de la subvención es de 3.000€ por proyecto emprendedor.
  • Gastos subvencionables:
  • Cuotas RETA o de Seguridad social en Régimen General, cuotas de colegios profesionales, asociaciones profesionales o empresariales, hasta los primeros doce meses de alta y con un máximo por cuota mensual de 230,00 €.
  • Gastos notariales y de registros (mercantil, patentes y marcas,....) generados por el inicio de la actividad emprendedora.
  • Gastos de gestoría o asesoría jurídica, económica, fiscal o técnica, por trámites de alta, legalización e inicio de la actividad emprendedora.
  • El coste del informe técnico o proyecto expedido por un arquitecto o ingeniero por el inicio de la actividad emprendedora.
  • Los gastos de alquiler de un local industrial, comercial, oficina, espacio de coworking, vivero de empresas, o parada de mercado, con un máximo del 50% del total de la subvención y por un importe máximo de subvención de 325 € en el mes y hasta 6 meses.
  • Otros gastos relacionados con la actividad emprendedora (altas de suministros, seguros) .
  • Adquisición de mobiliario técnico y otras herramientas y máquinas específicas (excepto hardware informático y telefonía móvil)
  • Gastos de cesión de contrato de alquiler, o concesión administrativa con un máximo del 50% del importe total de la subvención.
  • Las ayudas económicas no podrán cubrir los gastos de obras de instalación, remodelación o adecuación de los locales, el IVA de las facturas y, si procede, los impuestos indirectos equivalentes cuando sean susceptibles de recuperación o compensación
  • Quién lo puede pedir

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Personas en situación de desempleo e inscritas como demandantes de ocupación a las oficinas de trabajo de la Generalitat de Cataluña previamente al inicio de la actividad, y de manera prioritaria:
    • Personas que hayan agotado la prestación por desocupación sin derecho al subsidio de paro.
    • Parados de larga duración.
    • Personas más grandes de 45 años.
    • Jóvenes de 16 a 35 años.
    • Personas con discapacidades.
    • Personas pertenecientes a familias con todos los miembros al paro.
    • Mujeres desocupadas.
    • Familias monoparentales.
  • Personas en otras situaciones de vulnerabilidad.
  • Personas empadronadas en el municipio de Viladecans que han instalado un negocio en la ciudad de Viladecans o en cualquier otro municipio del área metropolitana de Barcelona, o Personas empadronadas a alguno de los municipios del área metropolitana de Barcelona que hayan instalado un negocio en Viladecans.
  • Personas que cumplan los requisitos 1 y 2 y que hayan iniciado una actividad profesional o empresarial (como persona física o a través de una constitución de una persona jurídica) y que el alta inicial (alta censal) y el alta al régimen especial de trabajadores autónomos (RETA) u otros regímenes especiales, se haya producido entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de noviembre de 2022.

A tener en cuenta:

  • Los solicitantes tendrán que estar 12 meses consecutivos de alta al RETA  o régimen especial para poder acceder a la presente subvención.
  • Los solicitantes no pueden haber estado beneficiarios de la subvención objeto de esta regulación en la convocatoria inmediatamente anterior.
  • Solo se admitirá una solicitud por persona física, y en caso de haber- constituido en persona jurídica, solo unos de sus miembros podrá optar a la subvención.
  • Cómo pedir las ayudas
El procedimiento es de concurrencia no competitiva, es decir, una vez efectuadas las comprobaciones oportunas, y hasta agotar el presupuesto asignado al proyecto, las solicitudes se resolverán por orden cronológico de presentación en el Registro municipal.
 
  • Plazo de la solicitud: del 27 de abril hasta el 27 de julio de 2023 o hasta agotar presupuesto disponible.
  • Dónde solicitar las ayudas: se presentarán a través de la Sede electrónica de Viladecans. En la sede se especifica tanto la documentación necesaria que hay que aportar como los trámites a realizar. Igualmente, se puede encontrar y consultar el documento oficial de de convocatoria y las Bases Reguladoras de la subvención.  
Más información: Oficina Local de Ayudas Empresariales,  por teléfono al 936 352 996, por correo electrónico [email protected]

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