Tramitación de cédulas de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es la clave para poder hacer uso de una vivienda; es el documento que garantiza que esta cumple las condiciones óptimas para vivir que marca la normativa. Este certificado es necesario para darse de alta de los suministros básicos (agua, luz y gas) y para poner en venta o alquiler una vivienda. Las cédulas de habitabilidad caducan a los 15 años.  
En la OLH puedes solicitar un duplicado de la cédula de habitabilidad de tu piso, siempre que esté vigente y que se trate de una vivienda situada en Viladecans. Si lo que necesitas es una nueva cédula de habitabilidad, deberás dirigirte a un despacho de técnicos cualificados y colegiados (gestoría, administración de fincas, estudio de arquitectura…).  

¿Quién debe solicitar la cédula?

El propietario o el administrador, antes de vender o alquilar la vivienda

¿Qué hacer para tramitarla?

Primero, un técnico (arquitecto, arquitecto técnico o aparejador) debe realizar un certificado de habitabilidad de la vivienda, visado por su colegio oficial correspondiente y en el que constará la habitabilidad objetiva para otorgar la cédula. Para conseguir un técnico puede contactar con los colegios profesionales de arquitectos o aparejadores.

Con este certificado puede tramitar la cédula pidiendo cita previa a nuestra Oficina Local de Vivienda.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • Solicitud de 2ª ocupación – certificado normalizado

  • Acreditar la antigüedad: En el caso de las viviendas anteriores al 11 de agosto de 1984 hay que acreditar la antigüedad con un modelo de declaración responsable, mientras que en el de las viviendas construidas entre el 11 de agosto de 1984 y el 2 de noviembre de 2012 hay que acreditar la antigüedad con algunos de los documentos admitidos en derecho.

  • Carta de pago: Se entregará una vez tramitada la solicitud. Tiene un coste de 18,90 €.

¿Qué se consideran viviendas nuevas?

  • Las de nueva construcción

  • Las obtenidas como consecuencia de obras de gran rehabilitación

  • Las obtenidas mediante un cambio de uso o reconversión de antigua edificación (por ejemplo, la transformación de un despacho o un edificio comercial o industrial en vivienda)

  • Las procedentes de legalización (de obras de construcción de vivienda realizadas sin licencia)

  • Las creadas por subdivisión de una vivienda existente

¿Qué hacer para tramitarla?

Debéis rellenar la solicitud que encontraréis en el enlace de más abajo y llevarla a la Oficina Local de Vivienda.

¿Qué documentación hay que aportar?

  • La solicitud cumplimentada

  • El certificado original de final de obra y de habitabilidad

  • El original del Certificado de Cumplimiento del Control de Calidad

  • La licencia municipal de obras o documento equivalente

  • La licencia municipal de 1ª ocupación o la solicitud correspondiente

Colegio Oficial de Arquitectos de Cataluña – sede del Baix Llobregat

Plaza de Catalunya, s/n (edificio Can Negre)

08970 Sant Joan Despí

Teléfono: 
934 772 972

Colegio de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación

Delegación de Barcelona

Calle del Bon Pastor, 5

080821 Barcelona

Teléfono: 
932 402 060
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